Preguntas Frecuentes

¿Quiénes pueden votar en las elecciones de vocales representantes en el Directorio de CPSPTF y OPSTDF?

Los afiliados activos y pasivos de ambos organismos, desde los dieciséis (16) años, siempre que figuren en el padrón y exhiban documento habilitante.

¿Cuáles son los documentos habilitantes para votar?

Los documentos habilitantes son:

DNI libreta celeste

Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.

Nuevo DNI tarjeta

¿Qué debo hacer si en el padrón provisorio, algunos de mis datos son erróneos o quiero votar en una localidad diferente del que figura en el padrón provisorio?

Es importante que el afiliado verifique sus datos en el padrón provisorio haciendo click aquí para evitar posibles inconvenientes a la hora de votar. Tiene tiempo de reclamar errores u omisiones, solicitar su inclusión o registrarse para votar en una localidad diferente del que figura en el padrón provisorio hasta el 02/10/22. Encontrará un modelo de nota para hacer el reclamo haciendo click aquí que deberá enviar, con copia del DNI a reclamospadron@justierradelfuego.gov.ar o presentar en la Mesa del Juzgado Electoral Provincial sito en Gobernador Paz Nº 602 – Ushuaia, de Lun a Vie de 8 a 14 hs.

¿Que se vota el 16 de Noviembre de 2022?

El 16 de noviembre los aportantes al sistema previsional y asistencial de esta provincia votan la renovación de los vocales representantes de los afiliados activos y pasivos en el Directorio de la Obra Social (OSPTF) y en el Directorio de la Caja de Previsión Social (CPSTF) de la Provincia de Tierra del Fuego

Serán proclamados un (1) Director Titular y un (1) Director suplente por cada Sector (activo y pasivo) de cada organismo OSPTF y CPSPTF pertenecientes a las listas que obtengan mayor cantidad de votos.

¿Donde se vota?

Se asignarán mesas de votación en las tres localidades de esta provincia (Ushuaia, Río Grande y Tolhuin), y en las delegaciones de Tierra del Fuego AeIAS sitas en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ciudad de Córdoba.

Si el afiliado no figura en el padrón provisorio o quiere votar en una localidad distinta a la que reside, deberá inscribirse voluntariamente haciendo click aquí que deberá enviar, con copia del DNI a reclamospadron@justierradelfuego.gov.ar o presentar en la Mesa del Juzgado Electoral Provincial sito en Gobernador Paz Nº 602 – Ushuaia, de Lun a Vie de 8 a 14 hs.

¿Qué tengo que hacer si quiero postularme como candidato?

Hasta el 17 de septiembre del corriente los afiliados interesados podrán solicitar al juzgado electoral:

a) La asignación de un color para la lista, un nombre o lema, número de identificación, sigla, monograma, escudo, símbolo y/o emblema. No podrá contener el nombre de personas vivas, ni las prohibiciones establecidas en los artículos 20 y 21 del Régimen provincial de Partidos Políticos (L.470).

b) La designación de apoderados de lista (máximo dos, un titular y un suplente), constitución de un domicilio especial en la ciudad de Ushuaia y la denuncia de un correo electrónico dónde se efectuarán las notificaciones que correspondan. Aquellas que no hayan solicitado color, deberán utilizar en las boletas de su lista el color blanco. Encontrará un modelo haciendo click aquí.

Las presentaciones deberán hacerse a través del correo juzelectoral@justierradelfuego.gov.ar o presentar en la Mesa del Juzgado Electoral Provincial sito en Gobernador Paz Nº 602 – Ushuaia, de Lun a Vie de 8 a 14 hs.

  • Hasta el 03/10/22 a las 10:00 hs. los apoderados de listas deberán solicitar: el registro de los candidatos ante la Justicia Electoral, quien verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas, y dará vista, por el término de tres (3) días a los apoderados de las restantes listas presentadas, a los efectos de que puedan formular oposición, siguiendo el procedimiento que se establece en el art. 54 de la Ley Nº 201.Encontrará un modelo haciendo click aquí

Recuerde que debe respetar la proporción de género (art. 133 Ley 201).

Asimismo, las listas deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Nómina de candidatos acompañada de constancias de aceptación de la postulación suscritas por el titular y suplente, indicación de domicilio y copia del documento nacional de identidad. Encontrará un modelo haciendo click aquí.

b) Avales: Las candidaturas, deberán estar avaladas por un número de aportantes no inferior al uno por ciento (1 %) del total de los inscriptos en el padrón del sector (activos o pasivos) del organismo para el que se postulan.

La planilla de avales debe estar acompañada de la copia de los documentos de identidad de los avalistas. Encontrará un haciendo click aquí.

c) Declaración jurada de los candidatos de reunir los requisitos constitucionales y legales pertinentes. Encontrará un modelo haciendo click aquí.

d) Los candidatos en representación del sector activo, deberán acreditar, con todo tipo de prueba excepto testimonial, que se encuentran en actividad como agentes y que son contribuyentes al sistema previsional, con un mínimo de tres (3) años de antigüedad (art. 7 inc. e- L. 1070 y art. 9 inc. e- L.1071).

e) Plataforma programática, suscripta por los candidatos.

Las presentaciones deberán hacerse a través del correo juzelectoral@justierradelfuego.gov.ar o presentar en la Mesa del Juzgado Electoral Provincial sito en Gobernador Paz Nº 602 – Ushuaia, de Lun a Vie de 8 a 14 hs.

7. ¿Cuántos avales necesitan las listas para postularse?

La obra Social (OSPTF), cuenta con un padrón provisorio de 30.895 Electores. Activos 25.180 y Pasivos 5.715, por lo tanto necesitan:

La lista del sector Activo——-252 avales

La lista del sector Pasivo ——57 avales

La Caja de Previsión Social (CPSPTF) con un padrón provisorio de 28.826 Electores. Activos: 23.330 y Pasivos 5.496, por lo tanto necesitan:

La lista del sector Activo ——-233 avales

La lista del sector Pasivo ——–55 avales

8. ¿Cómo son las boletas de sufragio que deberán presentar las listas?

El tamaño de las boletas de sufragio será de nueve coma cincuenta (9,50) centímetros de ancho y doce (12) centímetros de alto para todas las categorías de candidatos a ser elegidas en el presente proceso electoral, y confeccionadas en papel de obra, con densidad comprendida entre 60/70 gr m/2, en tinta negra.

Deberá obrar en el tercio superior de las boletas la fecha del acto comicial y contener el nombre completo de la provincia con el texto: “Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, el número de identificación y nombre o lema de la lista, pudiendo admitirse sigla, monograma, escudo, símbolo y/o emblema. En el tercio medio: el sector (activos o pasivos) y el organismo para el que se postulan (OSPTF o CPSPTF) y en el último tercio: el nombre de los candidatos, en letras destacadas y de cinco (5) milímetros como mínimo con misma tipografía para candidato titular y suplente, pudiendo presentarse en menor tamaño para el suplente.

Para la presentación de los modelos de boletas que establece el artículo 55 de la Ley 201 será suficiente la presentación de dos boletas por estamento o categoría. En este caso, este Juzgado verificará la coincidencia del nombre de los candidatos con las listas registradas, y luego convocará a los apoderados de listas a una audiencia. Oído éstos aprobará los modelos de boletas que reúnan los requisitos de ley. Posteriormente, los apoderados de lista tendrán diez (10) días para presentar dos (2) ejemplares por mesa electoral habilitada para su oficialización (art. 56, 57 y 58 L.201).